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Las claves del anteproyecto de ley educativa del Gobierno

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Isabel Celaá ha enviado ya su reforma exprés de la LOMCE al Consejo Escolar del Estado. El Pleno para debatir sobre ella está convocado para el próximo 18 de diciembre.

El anteproyecto de ley presentado, al que ha tenido acceso Actualidad Docente, encierra diversas modificaciones de carácter pedagógico y curricular, pero también otras de calado más ideológico y político relacionadas con la gestión educativa.

Enseñanza concertada

Sea por las prisas, sea por interés político, justo los aspectos que más fricción han provocado con el 30% de la comunidad educativa –los colegios concertados– han sido planteados con una redacción confusa y dispersa.

Por un lado, el anteproyecto apela a la libertad de elección de centro como uno de los principios que deben respetar las administraciones educativas. Pero, de facto, el texto no salvaguarda –ni mucho menos promueve– una diversidad de oferta educativa sostenida con fondos públicos para que las familias tengan donde elegir.

Al eliminar la demanda social como criterio en la programación de la enseñanza, el Gobierno no pone ningún freno a la Administración educativa que quiera suprimir unidades concertadas llenas de alumnos. Aunque no legisla contra la concertada explícitamente, sí pone el marco legal al servicio de la administración educativa que sí quiera ir contra ella.

La enseñanza concertada queda desprotegida con este texto:

“Artículo 109. Programación de la red de centros.

  1. En la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación y los derechos individuales de alumnos y alumnas, padres, madres y tutores legales.
  2. La enseñanza básica, obligatoria y gratuita, se programará por las Administraciones educativas teniendo en cuenta la oferta existente de centros públicos y privados concertados, asegurando el derecho a la educación y articulando el principio de participación como mecanismo idóneo para atender adecuadamente los derechos y libertades de todos los interesados. Los principios de programación y participación son correlativos y cooperantes en la confección de la oferta que conllevará una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo.
  3. Las Administraciones educativas planificarán la oferta educativa de modo que garantice la existencia de plazas públicas suficientes, especialmente en las zonas de nueva población.
  4. Las Administraciones educativas deberán tener en cuenta las consignaciones presupuestarias existentes y el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos.”

Como puede verse, hay un punto específico (el 3) para priorizar la creación de plazas públicas por encima de la posible cesión de terrenos para la construcción de centros privados concertados, que es una práctica legal que la ministra Celaá y el PSOE han criticado duramente desde que llegaron al Gobierno.

Religión

Ni optativa ni obligatoria, ni con alternativa ni sin ella, ni evaluable o no. La asignatura de Religión desaparece del anteproyecto de ley como si no hubiera existido nunca, como si no existiera más de la mitad del alumnado de España que la cursa. El texto elevado por el Ministerio de Educación al Consejo Escolar del Estado ni la menciona.

Sólo en la ESO los colegios podrían introducirla como materia optativa, ya que el currículum del Gobierno prevé la posibilidad de impartir “alguna materia optativa” “de oferta propia del centro” en algún curso entre 1º y 3º de ESO.

También establece que, como optativas, los centros estarán obligados a ofertar al menos una de éstas: Cultura Clásica o Segunda Lengua extranjera.

En el apartado referente a Primaria, no se habla de optativas, por lo que no habría sitio para Religión en ningún curso ni centro.

El texto legal del Gobierno introduce la Educación en Valores Cívicos y Éticos como obligatoria en 5º o 6º de Primaria y en otro curso entre 1º y 3º de ESO. “En dicha área se prestará especial atención al conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia y a la igualdad entre hombres y mujeres”.

Coeducación

El Gobierno eleva la coeducación a principio rector del sistema educativo.

Así, el artículo primero de la futura ley introduce el siguiente punto:

“l) El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades, el respeto a la diversidad afectivo-sexual, el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres a través de la consideración del régimen de la coeducación de niños y niñas y la prevención de la violencia de género”.

El redactor del texto ha empleado el giro “a través de la consideración…”, que parece introducir un matiz de no obligatoriedad.

Por otro lado este artículo 1 de “Principios y fines de la educación” elimina de la redacción “el reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos”.

Las competencias autonómicas

El anteproyecto dice que “los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55 por ciento de los horarios escolares para las comunidades autónomas que tengan lengua cooficial y el 65 por ciento para aquellas que no la tengan”.

Respecto al uso de la lengua castellana como lengua vehicular, el Gobierno hace una modificación de la LOMCE que da luz verde a las CCAA para que regulen este particular como deseen. El texto dice así:

“Las Administraciones educativas fijarán la proporción del uso de la lengua castellana y la lengua cooficial como lengua vehicular, así como las materias que deban ser impartidas en cada una de ellas, pudiendo hacerlo de forma heterogénea en su territorio, atendiendo a las circunstancias concurrentes”.

La LOMCE decía “determinarán la proporción razonable de la lengua castellana”.

El anteproyecto señala, no obstante, que “las Administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y alumnas a recibir las enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado, y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios” y que “el castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado”.

Consejo Escolar y Dirección

Completado el capítulo de modificaciones que responden a objetivos políticos, pasamos ahora a detallar otros aspectos relativos a la organización de los centros.

El Consejo Escolar de los centros vuelve a tener capacidad de decisión en la designación de los directores. También la Administración.

“Se modifica la regulación de los procesos de selección y nombramiento del director o directora. La selección será realizada en el centro por una comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del centro correspondiente. Al menos un tercio de los miembros de la comisión

será profesorado elegido por el claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del consejo escolar que no son profesores o profesoras”.

En el Consejo Escolar también habrá “un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro”.

Evaluaciones

El anteproyecto prevé dos tipos de evaluaciones de diagnóstico: las censales y las muestrales.

La novedad es que en el último curso de educación primaria y de educación secundaria obligatoria “las Administraciones educativas llevarán a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las competencias básicas alcanzadas por sus alumnos”. “Esta evaluación tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa”.

Por otro lado, en 4º de Primaria y en 2º de ESO “todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por su alumnado”. Esta evaluación también será competencia de las Administraciones autonómicas.

Título de Bachillerato

El anteproyecto señala que “el fin de la enseñanza básica es universalizar los conocimientos y competencias que permitan a todos los alumnos y alumnas aprender a aprender a lo largo de la vida y faciliten su plena participación social y laboral.”

Pero luego viene el Bachillerato, orientado a la Selectividad, que mide básicamente conocimientos, y  la Universidad

La decisión del Gobierno de permitir obtener el título de Bachillerato con un suspenso queda así plasmada en el anteproyecto de ley:

“Para obtener el título será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de bachillerato. No obstante, se contempla la posibilidad de que, excepcionalmente, el equipo docente pueda decidir la obtención del título de Bachiller por el alumno o alumna que haya superado todas las materias salvo una, siempre que se considere que ha alcanzado los objetivos vinculados a ese título”.

Por otro lado, el Gobierno quiere que si un alumno suspende varias asignaturas en 1º, pueda matricularse sólo de éstas y de las que considere de 2º. Se conformaría así una especie de curso puente que permitiría al alumnado sacar el Bachillerato en tres años sin necesidad de repetir un curso entero.

Orientación profesional

El Gobierno ha querido garantizar la orientación profesional en el sistema educativo, hasta ahora inexistente. Parece haber acuerdo en que una buena orientación profesional en los centros contribuiría a que más jóvenes estudien Formación Profesional y mejoren sus posibilidades de empleabilidad, así como el desempeño de una vocación.

El anteproyecto de ley establece que todos los alumnos y alumnas tienen derecho a “recibir orientación educativa y profesional”, y señala que “en la educación secundaria obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado. Esta orientación adoptará una perspectiva de género.”

Novedades del currículum

El currículum del Bachillerato establece las materias de Filosofía y de Historia de la Filosofía dentro de las materias obligatorias y comunes a las diversas modalidades de estudio. También lo son Historia de España,  Lengua Castellana y Literatura (y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura), Lengua Extranjera y Educación Física.

El texto señala que «corresponde a las Administraciones educativas la ordenación de las materias optativas» y que «los centros concretarán la oferta de estas materias en su proyecto educativo».

En la ESO, de 1º a 3º, las materias que deben cursar los alumnos son: Biología y Geología, Educación física, Educación plástica, visual y audiovisual, Física y Química, Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura, Matemáticas, Música, Primera Lengua Extranjera y Tecnología. Además, en algún curso habrá de impartirse Educación en Valores Cívicos y Éticos.

Las administraciones pueden añadir una segunda lengua extranjera y los centros pueden impartir materias optativas entre las cuales debe ofertarse una segunda lengua extranjera o Cultura Clásica y puede proponer alguna «materia de oferta propia».

«Asimismo podrá configurarse como un Trabajo Monográfico» o como «un proyecto de colaboración con un servicio a la comunidad».

Para 4º de ESO, el Gobierno establece estas asignaturas obligatorias: Educación Física, Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura, Primera Lengua extranjera y Matemáticas, con dos opciones diferenciadas.

Y, además, prevé consultar a las CCAA sobre la inclusión de otras tres asignaturas.

En Primaria, las áreas serán: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Educación Artística, Educación Física, Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera.

En 5º o 6º de Primaria deberá impartirse también Educación en Valores Cívicos y Éticos.

«En esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades».

Lectura y competencias transversales

También muestra una preocupación por la lectura en las futuras generaciones y establece que “a fin de fomentar el hábito y el dominio de la lectura los centros dedicarán un tiempo diario a la misma, en los términos recogidos en su Proyecto educativo”.

Tanto en Educación Primaria como en Secundaria, «la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación y la educación en valores se trabajarán en todas las áreas».

El texto también señala que en la ESO «se debe propiciar el aprendizaje competencial, autónomo, significativo y reflexivo en todas las materias».

Otra novedad es ésta:

“Las Administraciones educativas impulsarán que los centros, en su proyecto educativo, establezcan medidas de flexibilización en la organización de los espacios y alternativas metodológicas, a fin de personalizar y mejorar la capacidad de aprendizaje y los resultados de todo el alumnado”.

Contra la LOMCE

En el exposición de motivos del anteproyecto, el Ministerio critica aspectos de la ley vigente, la LOMCE, como el modelo curricular: «Con una diferenciación de 19  materias troncales, específicas y de libre configuración, supuso el abandono del modelo tradicional de diseño curricular compartido con las Comunidades Autónomas, produciendo como efecto indeseado la multiplicación de materias y currículos diferentes». «Y la introducción de estándares de aprendizaje, de concepción excesivamente tradicional y escasamente ligados al desarrollo de las competencias básicas, tuvo como consecuencia el empobrecimiento y la burocratización de los procesos de enseñanza y de aprendizaje».

«Junto a ello», añade, «se volvió a otorgar un valor a las calificaciones de las enseñanzas de religión a efectos de procesos de concurrencia competitiva, que habían perdido con anterioridad».

También critica la nueva LOE que «la distribución competencial» que fijaba la LOMCE «restaba autonomía a las Comunidades Autónomas en la regulación de las materias, las metodologías, las evaluaciones de diagnóstico para la mejora educativa, la ordenación de las enseñanzas y en materia de promoción y titulación».

 

 

 

 

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