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Críticas a la desigualdad y la inseguridad jurídica de la orden del Ministerio para el final de curso

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La esperada Orden del Ministerio sobre el tercer trimestre del curso, la evaluación, la promoción y la titulación ha levantado más ampollas que el desacuerdo entre algunas Comunidades Autónomas y el Gobierno que se produjo en la Conferencia Sectorial del 15 de abril.

Lejos de unificar criterios que garanticen la igualdad territorial y la seguridad jurídica, la orden ministerial publicada en el BOE el 24 de abril abre la puerta a que las administraciones autonómicas y los propios centros actúen como consideren y den el título de la ESO a alumnos con suspensos en contra de lo que establece la propia legislación estatal.

El texto publicado en el BOE dice basarse en las directrices que se aprobaron en la Conferencia Sectorial, a las que se adhirieron 12 administraciones autonómicas, pero que fueron rechazadas por otras cinco (País Vasco, Madrid, Castilla y León, Murcia y Andalucía). Tras aquella reunión, la ministra tuvo que reiterar por activa y por pasiva que lo acordado no era un aprobado general, idea que dieron a entender algunas administraciones contrarias al acuerdo.

Las normativas autonómicas que ya se han ido publicando muestran que entre unos territorios y otros habrá diferencias en los criterios de promoción y titulación.

La Orden del Ministerio establece que “las Administraciones educativas podrán flexibilizar, de manera excepcional durante el curso 2019-2020, los criterios de promoción en todos los cursos” de Educación Primaria, ESO y Bachillerato “sin tener en cuenta limitaciones que afecten al número” de áreas o materias pendientes pendientes.

“La promoción de curso será la norma general en todas las etapas, considerándose la repetición de curso una medida muy excepcional, que deberá estar sólidamente argumentada y acompañada de un plan preciso de recuperación, ajustándose al marco general que dispongan las Administraciones educativas”, señala el Ministerio.

Respecto a los títulos de ESO, Bachillerato y FP, la Orden dice que “la titulación debe ser la práctica habitual”, para lo cual “las Administraciones educativas adaptarán los criterios exigibles para obtenerla, pudiendo organizar pruebas extraordinarias de recuperación y titulación a las que podrán presentarse quienes así lo deseen, con posibles exenciones de partes de éstas” .

Sin embargo, la LOMCE establece lo siguiente:

  • Para obtener el título de Bachillerato se deben tener aprobadas todas las asignaturas.
  • En la ESO, el alumno puede obtener el título excepcionalmente hasta con tres suspensos. No más.

En todo caso, la orden ministerial obliga a los centros educativos a que “los documentos de evaluación den cuenta del marco reglamentario en que se desarrolló la evaluación y la adopción de decisiones de promoción o titulación y estén debidamente regularizados”.

Informe individual

Los centros educativos y el profesorado tendrán que emitir “un informe individual valorativo del trabajo realizado por sus estudiantes en el curso, que incluya los retrasos que hayan podido producirse y un plan de recuperación de estos”.

“Las Administraciones educativas, los centros y el profesorado organizarán planes de recuperación y adaptación del currículo y de las actividades educativas para el próximo curso” que deberán estar “basados en los informes individualizados que se emitan al final del presente curso y en las eventuales evaluaciones iniciales que pudieran realizarse”.

Dicho informe individual “será de especial relevancia” para el alumnado que haya cursado 6º de Primaria y pase a la ESO.

Críticas docentes a la desigualdad y la inseguridad jurídica

Las críticas no se han hecho esperar, sobre todo entre el profesorado.

Desde el sindicato FSIE, mayoritario en la enseñanza concertada, denuncian que el acuerdo del Ministerio con algunas CCAA plasmado en la orden ministerial «coloca al profesorado en una situación de absoluta inseguridad jurídica» por permitir la promoción y titulación sin tener en cuenta el número de suspensos que se tengan.

“Esta nueva disposición del Ministerio incrementará las diferencias ya no sólo territoriales, sino entre centros de la misma Comunidad Autónoma al aplicarse criterios y decisiones muy diferentes en la evaluación del alumnado”, añade FSIE en un comunicado, que reclama a las Administraciones que toda adaptación del sistema educativo a las circunstancias se haga “con todas las garantías legales”.

Por su parte, el sindicato ANPE considera «un dislate normativo y jurídico las directrices de actuación dadas por el Ministerio y respaldadas por algunas CCAA» porque «contradicen el marco legislativo común establecido» –LOMCE y reales decretos 126/2014, 1104/2014 y 562/2017– y generan “confusión e inseguridad jurídica”.

“Además de conculcar los valores de esfuerzo, mérito o igualdad de oportunidades en el alumnado, agranda la brecha ya existente en el territorio nacional y resta valor al trabajo que nuestros docentes están realizando con esfuerzo, dedicación y gran profesionalidad”, señala ANPE en un comunicado.

“Los docentes precisamos instrucciones objetivas, claras y concisas para poder realizar nuestro trabajo adecuadamente, pues la libre interpretación genera inseguridad jurídica y menoscaba el liderazgo pedagógico y autoridad académica con nuestros alumnos, la libertad de cátedra y la autonomía pedagógica y organizativa de los centros”, añade este sindicato.

Proceso de admisión de alumnos

Otro de los aspectos que ha suscitado preocupación en los colegios, sobre todo en los concertados, es el proceso de admisión de alumnos del próximo curso. El Gobierno permite que las consejerías de Educación asignen las funciones de las comisiones de garantía de la escolarización a la inspección educativa o a otra oficina administrativa.

Para Escuelas Católicas, “el traspaso de estas competencias de un órgano colegiado, como es la comisión de garantía, con participación de representantes de los titulares de los centros, profesores y padres de alumnos, a un organismo unipersonal dependiente, no diseñado legalmente para ello, puede provocar opacidad en el proceso y no ofrece las garantías necesarias para que se cumpla la libertad de elección de centro por parte de las familias”.

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