El Gobierno de Castilla-La Mancha excluye a los alumnos de FP Dual de los centros concertados de las ayudas públicas al transporte para acudir a las empresas donde realicen la formación práctica. Y también discrimina al profesorado de centros concertados en la concesión de dietas de desplazamiento a las empresas de prácticas para realizar la evaluación reglamentaria de los aprendices.
El alumnado y el profesorado de centros públicos sí tienen derecho a recibir esas ayudas que facilitan la formación práctica en las empresas, algunas de las cuales pueden encontrarse fuera de la población o la ciudad en la que residan.
Además, la Consejería de Educación sólo cubre con seguros de responsabilidad civil (por daños a terceros) a los alumnos en prácticas procedentes de centros públicos. No ocurre lo mismo con los seguros de accidentes, que sí hace extensivos a los aprendices de todos «los centros sostenidos con fondos públicos».
Pueden descargarse aquí las instrucciones sobre FP Dual del presente curso en Castilla-La Mancha que referimos a continuación:
Excluidos de las dietas y ayudas al transporte
La Instrucción Sexta de 30 de septiembre de la Dirección General de Formación Profesional «para la mejora de los procedimientos de gestión y seguimiento de los proyectos de Formación Profesional Dual» dice lo siguiente:
Respecto al alumnado, señala:
«Los Directores de los centros educativos de titularidad pública podrán autorizar gastos de desplazamiento de los alumnos/as participantes en proyectos de FP Dual, cuando las empresas se encuentren en localidad distinta a la del centro educativo. […] En estos casos, tendrán la consideración de gastos extraordinarios de locomoción, aquellos que excedan del gasto ordinario de transporte propio de la asistencia diaria al centro educativo, y de gastos extraordinarios de manutención aquellos que se produzcan cuando el alumnos/a realice el proyecto de FP Dual en una localidad distinta a la propia de residencia y, además, tenga horario de jornada partida en el centro educativo y en la empresa/entidad u organismo en el que realice el proyecto. Las cantidades correspondientes a los desplazamientos de los alumnos/as del centro se solicitarán mediante el anexo XI-Bis que se remitirá a la Delegación Provincial semestralmente».
«El alumno/a deberá presentar en el centro educativo factura de todos los gastos ocasionados por su participación en un proyecto de FP Dual, tanto para los gastos extraordinarios de desplazamiento (excepto los realizados en vehículo propio) y manutención (si se cumplen las condiciones al efecto) o cualquier otro que pudiera generar su participación en el proyecto».
Y además:
«En los gastos ocasionados durante el desarrollo del proyecto de FP Dual, se podrán incluir dentro del apartado de “otros gastos” del anexo correspondiente, los uniformes y ropa de trabajo, siempre que éstos estén definidos como Equipo de Protección Individual (EPI’s) en el puesto de trabajo, según lo establecido en la evaluación del riesgo profesional relacionada con la actividad a desarrollar».
Respecto al profesorado, dice lo siguiente:
«Los gastos ocasionados por el profesorado y tutores en la realización de las tareas de gestión, seguimiento y evaluación de los proyectos de FP Dual, generarán dietas y gastos de locomoción de acuerdo con lo previsto en el Decreto 36/2006, de 4 de abril (DOCM no 74, de 7 de abril), sobre Indemnizaciones por razón de Servicio, y posteriores actualizaciones. […] Los Directores de los centros educativos de titularidad pública podrán autorizar gastos de desplazamiento de los alumnos/as participantes en proyectos de FP Dual, cuando las empresas se encuentren en localidad distinta a la del centro educativo».
«Los centros educativos deberán reflejar en las hojas de cálculo (Anexos XI y XI-Bis) las dietas y kilometraje de los profesores/as que realizan funciones como tutores de Proyectos de FP Dual y los gastos del alumnado que participa en dichos proyectos; remitiéndolas, una vez cumplimentadas, a la correspondiente Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes».
Y concluye diciendo:
«Las Delegaciones Provinciales validarán los resúmenes de gastos remitidos por los centros educativos públicos participantes y, con posterioridad, elaborarán un resumen de gastos (certificación) de los de los alumno/as y de los tutores de Proyectos de FP Dual de toda la provincia».
Exclusión en los seguros
La Instrucción Decimosexta de 30 de septiembre establece lo siguiente:
«La Consejería de Educación, Cultura y Deportes suscribirá un seguro de accidentes, con cobertura para el alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos que participen en este tipo de proyectos (mejora la cobertura del seguro escolar)» y «suscribirá un seguro de responsabilidad civil con cobertura para el alumnado de los centros públicos que participen en este tipo de proyectos».