Las organizaciones patronales CECE, CECEI, ESCUELAS CATÓLICAS (a través de su patronal EyG), FENACEIN, ACADE y ALIC, firmantes del XIII CONVENIO ESTATAL DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL queremos trasladar las siguientes
CUESTIONES
- El ciclo 0/3 es fundamental para el desarrollo del alumnado, y para la cohesión En esta etapa se ponen las bases del desarrollo cognitivo, emocional y social, y, además, ofrece la oportunidad de corregir las desigualdades sociales que, de no materializarse, se arrastrarán a las etapas educativas posteriores.
- Los centros privados de Educación Infantil y las personas trabajadoras de los mismos realizamos una importantísima labor en la base de esta etapa.
- La etapa de 0 a 3 años es una etapa educativa, que forma parte del sistema educativo establecido en la LOE si bien tiene unas connotaciones que trascienden a la conciliación de la vida laboral y Es por ello, que se hace imprescindible que este ciclo educativo sea impartido por centros autorizados por las administraciones educativas, y que, además, cuenten con personal cualificado dotado de condiciones laborales dignas y acordes con sus funciones y responsabilidad.
- El sector del ciclo 0-3 de Educación Infantil privado está compuesto mayoritariamente por autónomos, micro-pymes y Además, es un sector altamente feminizado, cualificado y joven, que cuenta con más de 50.000 personas trabajadoras, y escolariza a más del 46% del alumnado total, es decir, a más de 224.000 alumnos y alumnas.
- Históricamente, los centros de Educación Infantil y las personas trabajadoras de estos centros han venido sufriendo dificultades económicas estructurales y personales, debido básicamente, al descenso de la natalidad en nuestro país, al impacto de la pandemia de la COVID-19 y a la endémica insuficiencia de políticas de infancia y financiación, por parte de todas las Administraciones Públicas.
El sector del primer ciclo de Educación Infantil parte de un problema estructural de fondo arrastrado durante muchos años. El mismo está condicionado por políticas públicas que han sido incapaces de consolidar un modelo de colaboración público-privada en el sector, lo que redundaría en una más eficiente gestión de los recursos, tal como se hace en todos los países de nuestro entorno.
- Es rotundamente falso que los empresarios del sector privado del primer ciclo de Educación Infantil están obteniendo grandes beneficios empresariales. Como muestra, evidenciamos los porcentajes de cierre de escuelas infantiles privadas de algunas Comunidades Autónomas en los últimos 10 años (según recogen los datos oficiales del Ministerio de Educación entre 2014 y 2023):
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- Madrid, cierre del 28,60% de los centros
- Cataluña, cierre del 24,16% de los centros
- Aragón, cierre del 40,29% de los centros
- Galicia, cierre del 12,79% de los centros
- Castilla La Macha, cierre del 21,05% de los centros
Cabe recordar que el cierre de centros no solo acarrea la desaparición de las empresas y la destrucción de sus puestos de trabajo, sino que ocasiona a su vez un grave perjuicio a las familias y un enorme gasto para la Administración Pública.
- Nuestro convenio colectivo regula las condiciones laborales y económicas de varias tipologías de centros Son empresas cuya financiación, y, por consiguiente, situación y viabilidad es muy diferente entre unas y otras. Por ello, en materia económica, existe disparidad de tablas salariales, fundamentalmente entre centros de gestión directa (de titularidad privada) y centros de gestión indirecta (de titularidad pública gestionadas por empresas privadas).
- Las organizaciones patronales y sindicales representativas del sector negociamos las condiciones laborales y económicas a través de los convenios colectivos, por tanto, no es competencia única de una parte de las patronales el fijar las tablas salariales del convenio sectorial de forma unilateral.
- Las organizaciones patronales y sindicales firmantes del convenio, en el ejercicio de la autonomía colectiva que les concede la normativa vigente y que representan a la mayoría del sector, de forma responsable, y tras cerca de 3 años de negociación dada la situación del sector anteriormente expuesta, negociaron las condiciones laborales y económicas y las plasmaron en el convenio colectivo con el objetivo de dotar al sector de estabilidad, seguridad jurídica y económica que garantizase la viabilidad de las empresas y sus puestos de trabajo.
- Los convenios colectivos, en materia económica, fijan los salarios mínimos que han de abonar las empresas a sus personas
En el caso de los centros de gestión indirecta, corresponde a la Administración el poder mejorar dichas tablas salariales o reflejar en sus pliegos de contratación unas tablas salariales con condiciones económicas más elevadas.
El convenio no impone los salarios del sector, garantiza los salarios mínimos de cada una de las distintas empresas que se rigen por el mismo, en función de la tipología del modelo de gestión.
- En el ámbito de los centros de gestión indirecta, centros públicos gestionados por empresas privadas, las tablas salariales tienen reconocida una doble velocidad debido a que las condiciones salariales de dichos centros dependen de los pliegos de contratación. En los contratos vigentes, la Administración no asume las subidas salariales de los convenios, por lo que la empresa privada no puede hacer frente a las mismas ya que les situaría en serio riesgo de viabilidad económica, lo que nuevamente conllevaría al cierre y la destrucción de los puestos de trabajo.
- No somos las organizaciones patronales, ni el Convenio Colectivo, ni su Comisión Negociadora, ni mucho menos su Comisión Paritaria quien habilita a las distintas Administraciones Públicas a llevar a cabo todas las mejoras salariales que las mismas estimen oportunas dentro de los centros educativos dependientes de su competencia, es decir, de los centros de gestión indirecta. Dichas cuestiones dependen de la voluntad de la Administración competente, de los pliegos en vigor, y, en última instancia, del cumplimiento de la Ley S/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 2C de febrero de 2014.
Por todo lo anteriormente expuesto,
MANIFESTAMOS
La Educación Infantil privada de 0 a 3 años no es el problema, ha sido y sigue siendo parte de la solución.
Cualquier medida o iniciativa legislativa que no cuente con las especiales características del sector educativo privado, y, por consiguiente, la situación crítica real que atraviesa y que anteriormente hemos descrito, pondrá en serio riesgo la viabilidad de las empresas y el sostenimiento de los puestos de trabajo, lo que a su vez perjudicará a más de 224.000 alumnos y sus familias.
Defender el 0-3 privado no es ir en contra de la calidad educativa ni de unas mejores condiciones para los profesionales, sino justamente lo contrario, es defender un modelo sostenible que haga posible seguir ofreciendo Educación Infantil de calidad sin condenar al cierre a cientos de proyectos educativos ni a la desaparición de miles de puestos de trabajo.
No se puede responsabilizar al convenio colectivo del problema estructural que atraviesa el sector.

