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Acuerdo de patronal y sindicatos sobre las salidas con pernocta en los colegios concertados

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El acuerdo, firmado a finales de 2019, fija las tablas salariales de la enseñanza concertada para 2019 de forma retroactiva

Las patronales de la enseñanza concertada, CECE, Escuelas Católicas, Federación Española de Centros de Economía Social y Asociació Profesional Serveis Educatius de Catalunya, firmaron junto a los sindicatos FSIE, USO, UGT y CCOO las tablas salariales correspondientes al año 2019, de forma retroactiva, que implican una subida media equivalente al módulo de conciertos.

Además, también firmaron la regulación de la jornada de los trabajadores que participan en salidas con los alumnos fuera del centro cuando éstas conlleven pernocta.

Ambos acuerdos afectan a 3.200 empresas y 150.000 trabajadores del sector de la enseñanza concertada, según informa Europa Press.

La revisión salarial para el año 2019 acordada contempla varios incrementos. Para los trabajadores de niveles concertados, del 2,375% desde el 1 de enero, más un 0,25% desde el 1 de julio, y para los niveles no concertados, un 2% desde el 1 de enero, y un 2,625% desde el 1 de julio. Desde la publicación de dichas tablas en el Boletín Oficial del Estado los centros dispondrán de tres meses para abonar atrasos y regularizar las respectivas nóminas.

Por otra parte, la obligación de registrar la jornada laboral de los trabajadores hacía necesario una regulación de las salidas fuera del centro que se realizan con los alumnos y que implican pernoctar fuera del domicilio.

Para ello, el acuerdo contempla una bolsa de 72 horas para el cómputo de estas salidas, que no tendrán la consideración de extraordinarias, y que estarán fuera de las 1.180 horas del artículo 26 del Convenio Colectivo.
Se contabilizará una jornada de 8 horas diarias por cada uno de los días en que se lleve a cabo la actividad fuera del centro, y esas horas serán remuneradas con cargo al coste de la propia actividad, con un importe que va desde 50 hasta 90 euros por día dependiendo del lugar de realización y de las fechas de la misma.
También destaca del acuerdo la voluntariedad por parte de los trabajadores para realizar las salidas escolares, que sean retribuidas y que estas cantidades sean diferentes en función de si las salidas coinciden con días de presencia obligatoria en el centro educativo o no. Asimismo, se establece que los posibles siniestros que ocurran durante la salida serán considerados como accidentes laborales.
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