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El anteproyecto contra los antiguos recortes inicia su trámite

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El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que permitirá, cuando sea ley, que las CCAA reviertan los recortes educativos introducidos por Real Decreto Ley 14/2012 que aprobó en Gobierno del PP durante la crisis económica.

La nueva norma, desarrollada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional tiene un artículo único dirigido a suprimir tres medidas de aquel decreto: el aumento obligatorio de la jornada lectiva de los docentes (como mínimo de 25 horas, en infantil y primaria, y de 20, en secundaria), la posibilidad de elevar un 20% la ratio máxima de alumnos por aula y la espera de 10 días lectivos para nombrar a funcionarios interinos que sustituyan a profesores titulares de baja.

El anteproyecto de la ley –denominada ‘de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria’– expone que, «puesto que las medidas del Real Decreto Ley se tomaron por la coyuntura económica del momento, la favorable evolución de la situación económica del país aconseja su revisión».

El Ministerio de Educación ha indicado que «las Administraciones educativas proveerán los recursos necesarios para garantizar que no se supere el número máximo de alumnos por aula en la Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria establecido en la Ley Orgánica de Educación». La LOE establece una ratio máxima de 25 alumnos en Primaria y 30 en Secundaria.

Sin embargo, realmente, ahora nada impide a las CCAA bajar la ratio, pues el Real Decreto dice lo siguiente:

«Artículo 2. Cuando, por razones de limitación del gasto público, la Ley de Presupuestos Generales del Estado no autorice la incorporación de personal de nuevo ingreso mediante Oferta de Empleo Público o establezca, con carácter básico, una tasa de reposición de efectivos inferior al 50 por 100, las Administraciones educativas podrán ampliar hasta un 20 por 100 el número máximo de alumnos establecido en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para la educación primaria y secundaria obligatoria.

Este porcentaje de ampliación resultará asimismo aplicable a los límites máximos de número de alumnos fijados mediante norma reglamentaria para las restantes enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Lo dispuesto en este artículo resulta de aplicación tanto a los centros docentes públicos como a los privados sostenidos con fondos públicos».

Por ejemplo, la Comunidad Valenciana anunció ya en 2017, antes de la llegada del PSOE al Gobierno central, que bajaría las ratios de manera progresiva de acuerdo a sus posibilidades presupuestarias.

El Partido Popular ha criticado que el texto aprobado en el Consejo de Ministros no anuncia ninguna novedad. La diputada Sandra Moneo recordó en el Congreso de los Diputados que en 2016, los presupuestos aprobados por el Gobierno de Mariano Rajoy contemplaron la puesta en marcha de la tasa de reposición del 100% en educación y que ello implicaba ir recuperando las ratios anteriores a los recortes. Moneo ha asegurado que en la enseñanza pública la ratio de alumnos por aula ya está por debajo de los niveles anteriores a 2012, informa Europa Press.

La jornada lectiva

En cuanto a la eliminación del incremento de la jornada lectiva de los docentes, las Administraciones Públicas con competencias educativas podrán establecer la parte lectiva de la jornada semanal de los profesores, según el texto aprobado por el Gobierno. 

“Cada Administración educativa va a poder adoptar la decisión que considere más adecuada de acuerdo con su autonomía y autogobierno”, señalaba Celaá en su comparecencia parlamentaria del 4 de septiembre. De esta forma, «se devuelve a las comunidades la capacidad de determinar la carga lectiva de sus docentes», señala el Ministerio de Educación.

Sin embargo, esta medida ha sido contestada por el sindicato UGT, que ha pedido al Gobierno que no dejen la jornada lectiva de los docentes a merced de las administraciones autonómicas y que, por el contrario, «la jornada lectiva del profesorado tenga carácter de normativa básica».

«UGT exige que, ya que los recortes tuvieron carácter de normativa básica y, por tanto, afectaron a todos los docentes de los centros públicos y concertados de nuestro país, su reversión tenga los mismos efectos y
no se deje a criterio de las comunidades autónomas el establecimiento de la jornada lectiva», argumenta UGT, que ha presentado alegaciones al anteproyecto en el Consejo Escolar del Estado, donde tendrá que ser debatida la norma.

Tras el trámite el Consejo Escolar del Estado, el Gobierno podrá aprobar el texto como proyecto de ley que deberá, entonces, someterse a debate parlamentario antes de volver al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva.

De aquí al curso que viene, que es cuando el Gobierno quiere que entren en vigor sus medidas, hay tiempo.

Lo que sí entrará en vigor en cuanto se apruebe –a los 10 días de su publicación en el BOE– será la posibilidad de sustituir a un docente que falte a clase desde el primer día de baja, que es la tercera media del anteproyecto.

 

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