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Menos repetición y más facilidades para la obtención de los títulos

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El borrador de decreto del Ministerio para la evaluación, promoción y titulación del alumnado, enviado a las CCAA el pasado verano, relaja los requisitos actuales para pasar de curso y para la titulación de ESO y Bachillerato

Aprobación del Real Decreto en Consejo de Ministros (noticia del 16-11-21)

Con el curso 21-22 a punto de comenzar aún no se sabe con certeza cuáles serán las condiciones para para pasar de curso y obtener los títulos en la educación reglada, pero podemos repasar lo que establece de antemano el borrador de real decreto que el Ministerio de Educación y FP envió a las CCAA. El Gobierno lo aprobará en próximas fechas para regular –ya desde este curso– la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la ESO, el Bachillerato y la Formación Profesional. Según se indica, para los cursos pares (los que cierran etapa) la norma sería de aplicación en el curso 22-23.

[Puedes consultar aquí el borrador del proyecto de real decreto por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.]

Uno de los objetivos de la LOMLOE y todo su desarrollo curricular es reducir la repetición del alumnado español, que cuenta con uno de los índices más altos de toda la OCDE: a los 15 años el 28% ha repetido al menos un curso.

El decreto mantiene prácticamente todos los requisitos actuales para pasar de curso en cuestión de materias, pero favorece el paso de curso en Primaria y en la ESO potenciando planes de refuerzo personalizado para los alumnos que no cumplen los objetivos. Por otro lado, en la ESO suprime las convocatorias extraordinarias para examinarse de materias suspensas.

Promoción en Primaria y ESO

En Primaria, las decisiones sobre la promoción se adoptarán al finalizar los cursos 2º, 4º y 6º, siendo ésta automática en el resto de cursos de la etapa.

Con la LOMCE, el equipo docente podía adoptar la repetición de cualquier curso, aunque la ley llamaba a «atender especialmente a los resultados» de 3º y 6º.

En la ESO se puede pasar de curso con hasta dos materias suspensas, como con la LOMCE. Es más, la LOMCE establecía un máximo excepcional de tres suspensos si entre ellos no se encontraban Lengua y Matemáticas a la vez.

El desarrollo de la LOMLOE no fija líneas rojas respecto a determinadas materias:

«Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las materias que, en su caso, pudieran no haber superado, les permite seguir con éxito el curso siguiente y se estime que tienen expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica».

Repetición en Primaria y ESO

La repetición de curso –»permanencia»– sigue siendo una medida excepcional que puede ocurrir sólo una vez en cada etapa y dos en toda la educación básica. Sin embargo, el borrador del Ministerio permite sumar una tercera repetición excepcional en 4º de la ESO si así lo considera el equipo docente.

Mientras que con la LOMCE, se apelaba a adaptar a las necesidades del alumno y a que éste supere las dificultades detectadas en el curso repetido, el desarrollo de la LOMLOE es más exhaustivo y exigente al establecer que esa adaptación a las necesidades y dificultades del alumno «se recogerán en un plan específico personalizado con cuantas medidas se consideren adecuadas».

La LOMLOE coincide con la LOMCE en que la repetición es una medida de carácter excepcional que se tomará tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno.

Diversificación curricular

El alumnado que en este mismo curso 21-22 termine 2º de ESO o 3º de ESO sin las condiciones suficientes para promocionar podrán pasar a un programa de diversificación curricular en el curso 22-23.

También, si el equipo docente lo considera adecuado, el alumnado que este mismo curso estudie 1º de ESO puede incorporarse a un programa de mejora de aprendizaje y del rendimiento en el curso 22-23.

Consejo orientador

Con la LOMCE, se establecía que al final de cada curso de la ESO se entrega a los padres un consejo orientador, que incluye, como mínimo «un informe sobre el grado de logro de los objetivos y competencias correspondientes» y «una propuesta del itinerario más adecuado para el futuro».

Con la LOMLOE ese mismo informe debe entregarse sólo al terminar 2º de la ESO. Después, al terminar 4º, «todo el alumnado recibirá un consejo orientador individualizado que incluirá una propuesta sobre la opción u opciones académicas, formativas o profesionales que se consideran más convenientes», con objeto de que «todo el alumnado encuentre una opción adecuada para su futuro formativo».

Título de Graduado en ESO

Hasta ahora, aunque el título se podía obtener con dos materias suspensas, estaba sujeto a que éstas no fueran Lengua y Matemáticas. El borrador de decreto ministerial elimina el requisito de tener las materias aprobadas y condiciona el título a que el equipo docente considere que el alumno ha alcanzado los objetivos de la etapa.

Quienes, una vez finalizado el proceso de evaluación de 4º de ESO, no hayan obtenido el título y hayan superado los límites de edad establecidos, «podrán hacerlo en los dos cursos siguientes a través de la realización de pruebas o actividades personalizadas extraordinarias de las materias que no hayan superado».

La superación de un Ciclo Formativo de Grado Básico conducirá igualmente a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Por otro lado, todos los alumnos recibirán, al concluir su escolarización en la Educación Secundaria Obligatoria, una certificación oficial en la que constará el número de años cursados y el nivel de adquisición de las competencias de la etapa. Hasta ahora, con la LOMCE, esta certificación sólo se expedía para quienes no lograran el título de la ESO.

Bachillerato: el título con un un suspenso

Mientras que en Primaria y ESO la evaluación es colegiada, en Bachillerato es el profesorado de cada materia el que decide si el alumno ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de competencias. Igual que con la LOMCE.

Los alumnos y alumnas de 1º podrán pasar a 2º con dos materias suspensas como máximo y deberán matricularse de dichas materias pendientes. Igual que hasta ahora. (En el Bachillerato para adultos, más flexible, se podrá pasar de curso con más suspensos.)

Los alumnos que terminen 2º con materias suspensas podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas, pero también podrán optar por repetir el curso completo. Igual que hasta ahora.

Sí es nuevo en este borrador del Ministerio que no se regule la posibilidad de repetir el curso completo (salvo 2º, si el alumno lo desea). Con la LOMCE se regulaba la posibilidad de repetir hasta dos veces un mismo curso y de completar el Bachillerato en un máximo de 4 años.

Y la principal novedad reside en la obtención del título de Bachiller: el alumnado ha de aprobar todas las materias, pero podría concedérsele con una materia suspensa si cumple determinadas condiciones: que haya asistido a clase y hecho todos los exámenes y trabajos, y que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa sea igual o superior a cinco.

Con la LOMCE, no se daba la posibilidad explícita de titular con un suspenso y, además, había que superar la «reválida» (aunque nunca llegó a aplicarse porque en su día, y en aras de llegar a un acuerdo de Estado en educación, el Gobierno del PP suspendió dicho requisito).

Formación Profesional

En FP, se mantiene todo como estaba: «La superación de un ciclo formativo de grado medio, grado superior o curso de especialización requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que lo componen».

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